SLP.- Derivado de la pandemia de COVID 19 que ha dejado una estela de situaciones laborales, familiares, y de varios tipos, muy complejas y que no existe precedente alguno, el sistema judicial no pudo quedar al margen.
Para efectos de proteger a los funcionarios que integran ese sistema, el Consejo de la Judicatura Federal ha publicado algunos acuerdos que tratan hasta donde es humanamente posible evitar que dichos funcionarios tengan contacto con los usuarios de ese sistema judicial, he de mencionar que los usuarios tenemos la necesidad de acudir a ese sistema, no es algo que hagamos por gusto.
Así a manera de ejemplo y por mencionar algunos, existen los Acuerdos Generales 12/2020, 13/2020, 17/2020, 18/2020, 19/2020, todos ellos se refieren a la manera de trabajar bajo las condiciones que permita el COVID 19, vale la pena precisar que el acuerdo 13/2020, establece cuales asuntos son considerados urgentes y cuales son de trámite ordinario; el trato que se ha estado dando es que los asuntos considerados urgentes pueden ser presentados de manera física en los Tribunales, mientras que los ordinarios, a efecto de evitar contacto entre funcionaros y usuarios se deben presentar por vía electrónica.
Pues bien, es el caso en Ciudad Valles, S.L.P. que a pesar de mencionar que se pretende presentar un asunto considerado urgente, el funcionario de guardia se niega a recibirlo, pretendiendo en primera instancia, alegar que no es urgente, una vez demostrado que si se encontraba dentro del catálogo que establece el Acuerdo General 13/2020 publicado por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación, menciona que se han publicado otros acuerdos que no señala pero mantiene su negativa a recibir una solicitud de demanda de amparo.
Esta situación es más grave de lo que se puede observar, pues se puede ver que ahora los funcionaros judiciales se encuentran violando los derechos fundamentales de los ciudadanos, no hay que olvidar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el derecho de Petición se presenta por escrito.
Es indudable para todos los ciudadanos, que esta situación se ha convertido en todo un problema con consecuencias que pueden generar serias responsabilidades a los funcionarios que se niegan a recibir las promociones que su misma normatividad señala como urgentes, y a los ciudadanos esto nos genera daños, perjuicios y sobre todo trastornos en la vida diaria.
No debemos olvidar que un Acuerdo General administrativo no puede estar por encima de un ordenamiento constitucional, a pesar que la misma constitución establezca que contra las resoluciones del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación no proceda recurso alguno, la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece los medios para combatir dichas resoluciones y fijar responsabilidades, pues se trata de derechos consagrados en tratados internacionales.
Ojalá los visitadores del propio Consejo de la Judicatura, pudieran cumplir con su encomienda en estos tiempos y «nos visitaran» para poder constatar la situación mencionada, que obviamente no se da solamente en esta ciudad, sino que se ha convertido en un problema nacional.
Estoy de acuerdo que puede haber funcionarios que tengan temor al contagio, sin embargo el empleo que desempeñan en ocasiones requiere su presencia, y el no cumplir causa un daño en una sociedad ya de por sí muy agraviada.
De lo anterior ya se presentó una queja al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la Federación, y se debe mencionar que si existiera un daño patrimonial derivada de la omisión a recibir la demanda de amparo, se procederá a demandar la responsabilidad civil y/o patrimonial generada.
Los Abogados tenemos una responsabilidad que cumplir, no debemos permitir tales situaciones, usemos los medios legales para hacer valer nuestros derechos y defender a nuestros patrocinados, no están haciéndonos un favor, deben entender que son funcionarios públicos pagados por nuestros impuestos.